Te ayudamos a resolver, gestionar y prevenir conflictos, tantos externos como internos.
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¿Qué es la mediación?
La vida está llena de conflictos, en los que cada uno cree llevar razón. En la búsqueda de que alguien nos la reconozca, podemos acudir a la vía judicial, donde solicitamos que un Juez nos resuelvan un conflicto que nadie como nosotros conocemos, pero que no somos capaces de solucionar seguramente por falta de comunicación, o por no utilizar la comunicación adecuada. En la resolución judicial, lo normal es que haya un ganador y un perdedor, lo que conlleva que las relaciones se terminen deteriorando aún más de lo que estaban al iniciarse el procedimiento, y supone, por tanto, un coste añadido para aquellas relaciones que de alguna manera deberían permanecer en el tiempo.
Tipos de mediación
Cambiamos la visión judicial “yo gano-tú pierdes” por un paradigma “ganador-ganador”

Familiar e Intergeneracional

Sucesiones y Herencias

Civil y Mercantil

Empresa Familiar
Características de la Mediación

Más rápida que la vía judicial

Menor coste económico y emocional

Flexibilidad y soluciones creativas

Un proceso colaborativo donde todos ganan

Mejora la comunicación futura

Mayor cumplimiento de los acuerdos

Compatible con otras vías legales
Principios de la mediación

Rapidez
Resolución en menos tiempo que un juicio.

Ahorro
Menor coste económico y emocional.

Menos confrontación
Reduce tensión y preserva relaciones.

Flexibilidad
Se adapta al tipo de conflicto y a las partes.

Soluciones creativas
Acuerdos a medida, no “sentencias estándar”

Mediador neutral
Facilita el diálogo sin imponer decisiones.

Mayor cumplimiento
Acuerdos por convicción, no por obligación.

Compatible con lo legal
No cierra otras vías y puede pausar plazos.
Principios de la mediación
Marco Europeo e Internacional (Act. Abril 2.018)
>> Consejo de Europa. Recomendaciones del Comité de Ministros
– Recomendación R (86) 12, de 16 de septiembre de 1986 sobre determinadas medidas destinadas a prevenir y reducir el exceso de carga de trabajo de los Tribunales.
– Recomendación R (98) 1, de 21 de enero de 1998 de 21 de enero sobre mediación familiar.
– Recomendación R (2002) 10, de 18 de septiembre de 2002 sobre mediación en asuntos civiles.
>> Unión Europea
– Directiva 2008/52/CE de Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles.
– Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012 por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo.
– Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2013 relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo y por la que se modifica el Reglamento (CE) n o 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo).
– Reglamento (CE) nº 2201/2003 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1347/2000.
– Reglamento (CE) nº 4/2009 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos.
– Libro Verde sobre las modalidades alternativas de solución de conflictos en el ámbito del derecho civil y mercantil.
>> En la Conferencia de La Haya de Derecho internacional privado
– Convenio de la Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
– Convenio de la Haya de 19 de octubre de 1996 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños.
– Guía de buenas prácticas sobre mediación en virtud del Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980 sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
>> Legislación Estatal
– Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
– Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
– Orden JUS/746/2014, de 7 de mayo, por la que se desarrollan los artículos 14 y 21 del Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre y se crea el fichero de mediadores e instituciones de mediación.
– Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de protección Integral contra la Violencia de Género, cuyo artículo 44.5 excluye la mediación respecto a los delitos comprendidos en su articulado.
– Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo por la que se modifican algunos artículos del Código Penal y, entre otros, el artículo 84.: El juez o Tribunal también podrá condicionar la suspensión de la ejecución de la pena al cumplimento de alguna o algunas de las siguientes prestaciones o medidas: 1º. El cumplimiento del acuerdo alcanzado por las partes en virtud de mediación.
– Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, que en su artículo 15 establece que las víctimas podrán acceder a los servicios de justicia restaurativa.
– Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
>> Legislación Autonómica - Andalucía
– Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
– Decreto 37/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
– Decreto 65/2017, de 23 de mayo, por el que se modifica el Decreto 37/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
– Orden de 16 de mayo de 2013, por la que se establecen los contenidos mínimos de la formación específica de las personas mediadoras.
– Orden de 16 de mayo de 2013, por la que se regulan las tarifas aplicables en los procedimientos de mediación familiar gratuita y el sistema de turnos.
– Orden de 16 de mayo de 2013, por la que se aprueban los modelos de solicitud de inscripción básica, modificación, prórroga y cancelación en el Registro de Mediación Familiar de Andalucía, de designación de persona mediadora y de mediación familiar gratuita y el documento de aceptación del proceso de mediación.




